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Facturación instantánea, lo que debes saber al iniciar 2020

Facturación instantánea, lo que debes saber al iniciar 2020

El pasado mes de noviembre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Asociación de Bancos de Mexico signaron un convenio de colaboración que dio vida a lo que hoy se le llama como facturación instantánea, la cual consiste en emitir una factura electrónica desde la terminal punto de venta (TPV) cuando el cliente pague con tarjeta de débito/crédito.

Sobre el tema se ha compartido en redes sociales mucha información falsa e incluso mal intencionada sobre la misma, por lo que me parece oportuno comentar los siguientes puntos:

Para las instituciones financieras:

  1. Su uso es opcional
  2. La implementación será paulatina
  3. Quien timbra la factura será el SAT, la TPV es un medio para conectar esta alternativa de facturación con el portal de la autoridad.

Para los negocios

  1. Si cuenta con TPV, su uso y configuración es opcional.
  2. No será para todos los negocios, ya que al momento de configurar la TPV se tiene que capturar información sobre claves de productos, impuestos por producto, etc.

Es decir, por lo que sabemos hasta este momento la implementación seria sencilla para un doctor o un restaurante, por ejemplo, pero de difícil implementación en negocios con que manejan muchos productos y/o servicios y por lo tanto muchas claves de productos del cátalogo del SAT.

  1. Al momento de recibir un pago del cliente a través de TPV debe de preguntarle si requiere una factura a través de ese medio, es decir, la factura instantánea es una opción para el cliente.

  1. El anterior punto no significa que ese ticket no se va a facturar, en todo caso debe de incluirse en la facturación global del negocio.

Para los tarjetahabientes

  1. Tiene que habilitar previamente la tarjeta de débito o crédito con la institución financiera para poder solicitar la factura instantánea a través de TPV.  Es decir, si el tarjetahabiente no quiere esa opción en sus tarjetas, simplemente no debe de solicitarlo al banco.

  1. No es necesario renovar o cambiar la tarjeta de débito/crédito.

  1. Aun y cuando tenga habilitada su tarjeta de débito/crédito, si al momento de pagar a través de TPV no requiere factura, se lo debe hacer saber a la persona que realiza el cargo.

Lo invitamos a seguir informados sobre este tema, ya que es probable que la autoridad emita reglas sobre su manejo durante los primeros cuatro meses de 2020 para dar inicio a esta alternativa de facturación.

La información que compartimos en esta entrada al BLOG la obtuvimos principalmente de la video conferencia del SAT a través de su canal de YouTube, al cual puedes acceder en el siguiente link 

Quedo a sus órdenes.

CPC Gonzalo Cabanillas Cedano

 

 

 

 

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