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Blog Franco Cabanillas Consultores

Cambios en comprobantes fiscales - Parte 1

Para el año 2022 se modificaron múltiples artículos en las legislaciones fiscales por parte del Gobierno, pero de entre todos, quiero destacar un cambio que tenemos que considerar al momento de recibir las facturas electrónicas.

Para hacer deducible para ISR y acreditable el IVA/IEPS de los comprobantes fiscales por las compras y gastos que realiza en su negocio, usted debe de verificar que el CFDI que le expida su proveedor contenga de forma correcta:

  1. RFC
  2. Nombre o razón social
  3. Código postal del domicilio fiscal
  4. Clave de uso fiscal

Hasta 2021, únicamente el RFC era el único requisito por parte de quien recibe el comprobante requerido por la autoridad, por lo que ahora usted se tendrá usted que cerciorar que el nombre del contribuyente este correcto, junto con el código postal, por lo que me parece importante verificar este ultimo dato directamente de su Constancia de Situación Fiscal y hacérsela saber a quienes se encuentren en el departamento de compras de su empresa y a quienes realizan erogaciones en su nombre.

Un ultimo requisito es el de uso de la mercancía y/o servicio que se adquiere, el cual debe de contener alguno de los señalados en el siguiente listado y el cual usted debe de señalarle a su proveedor de acuerdo a las características de su actividad y operación comercial y/o de servicios.

Quedo a sus órdenes.

Gonzalo Cabanillas Cedano
Socio de Contabilidad e Impuestos

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