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Blog Franco Cabanillas Consultores

Reforma el Impuesto sobre Nómina en Sinaloa

Recientemente la LXII Legislatura del Estado de Sinaloa aprobó una serie de reformas a la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa.  Entre las modificaciones que se realizaron hay una en particular que incrementa el costo del Impuesto sobre Nómina para los Contribuyentes.  De esta realizo los siguientes comentarios.

Impuesto sobre Nóminas (ISN)

Las reformas realizadas impactan la forma en la que se determinara el cálculo, ya que de una tasa fija del 1.5% a aplicar a las erogaciones gravadas por concepto de pago de nómina, se cambió a una tarifa, incrementándose hasta un 3% a pagar por parte de un contribuyente (Patrón).  El artículo  18 de esta ley quedo de la siguiente manera:**

“El impuesto sobre nóminas se determinara sobre el monto total de las erogaciones gravadas mensualmente, realizadas por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado (base gravable), mediante la aplicación de la tarifa y procedimientos siguientes:”

Base gravable mensual

Tarifa

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento aplicar sobre el excedente del límite inferior

$ Pesos moneda nacional

$ Pesos moneda nacional

$ Pesos moneda nacional

%

0.01

500,000.00

0.00

2.40%

500,000.01

700,000.00

12,000.00

2.60%

700,000.01

900,000.00

17,200.00

2.80%

900,000.01

En adelante

22,800.00

3.00%

Para efectos prácticos considere usted que durante el mes de Enero 2017 “La Gran Empresa S.A. de C.V. realizo erogaciones por concepto “sueldo” a sus empleados por la cantidad de $ 630,000.00, en el mes de febrero; por el mismo concepto, erogo la cantidad de 490,000.00.  Usted estaría determinando el impuesto sobre nómina a pagar de la siguiente manera:

 

Enero

Febrero

Base gravable

630,000.00

430,000.00

( - ) Límite inferior

500,000.01

0.01

( = )Excedente

129,999.99

429,999.99

% s/Excedente

2.60%

2.40%

( = ) Resultado

3,379.99

10,319.99

( + ) Cuota fija

12,000.00

0.00

( = ) ISN Determinado

15,379.99

10,319.99

De acuerdo al primer párrafo del artículo 19 del mismo ordenamiento jurídico, el pago deberá efectuarse mediante declaración bimestral, dentro de los primeros quince días del mes de Marzo 2017, por lo que el importe a pagar en el ejemplo que señalamos seria por la cantidad de $ 25,700.00 (Veinticinco mil setecientos pesos 00/100 M.N.)

Se vuelve importante para los empresarios conocer el impacto de este impuesto en sus operaciones, ya que de encontrarse en el primer nivel de la tarifa señalada, incrementara en el año 2017 un 60% en el pago de ISN que un patrón hubiera estado realizando hasta 2016.

**El proyecto de Ley que modifica el artículo 18 se encuentra a la espera de publicarse en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa.

Quedo a sus órdenes.

CPC Gonzalo Cabanillas Cedano
Socio de Contabilidad e Impuestos
Franco Cabanillas Consultores, S.C.

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